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La compra de una vivienda en España, conlleva una serie de gastos adicionales al precio del inmueble.
Normalmente dichos gastos oscilan entre el 10% y el 12% sobre el precio de venta.
Gastos de compra/venta:
- Hacienda Pública ( Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o I.V.A. )
- Gestoría, Registro y Honorarios de Notaría.
- Comisión de la Inmobiliaria. Gestoría registro de la propiedad y comisiones notaría.
- Si contratan servicios de abogados, arquitectos, tasadores o incluso interpretes.
¿Quién paga que:
Gastos de inmobiliaria, abogados, arquitectos, tasadores, etc... estos servicios serán satisfechos por
quien los contrate. Normalmente, si la compra/venta se formaliza con arreglo ley, los gastos que
corresponde PAGAR a cada una de las partes, son los siguientes:
VENDEDOR
- Todo lo que tenga que ver con cancelación de hipotecas, gastos pendientes de pago o cualquier gravamen
que afecte directamente al inmueble. La vivienda debe ser transmitida completamente libre de cargas.
- Parte proporcional de los gastos que ocasione la elevación a escritura pública, a excepción de la "obra
nueva" que esta parte, deberá ser abonada íntegramente por el vendedor.
- El impuesto sobre bienes inmuebles (I.B.I). La ley dice al respecto de este impuesto que será satisfecho
por quien es propietario del inmueble a fecha de 1 de enero de ese mismo año.
- Impuesto sobre el incremento del valor de terrenos o PLUSVALÍA. Porcentaje que va en función del
ayuntamiento de donde se adquiera el inmueble.
COMPRADOR
- Parte proporcional de notaría. Siempre es una cantidad menor a la del vendedor.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (I.T.P.). Porcentaje que oscila entre un 6 ó 7 %, sobre el
precio de escritura, dependiendo de la comunidad autónoma en que se realice (Valencia = 7%). Si se
trata de una vivienda nueva, este Impuesto es Sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que es siempre un 7%
indistintamente de la comunidad autónoma que se trate. En ambos casos, el periodo para hacer efectivo
el pago es de 30 días desde la firma de la compra y beberá hacerse en una oficina de la Hacienda
Pública. Las notarías en muchos casos se hacen cargo de este trámite.
- Impuesto sobre actos jurídicos documentados. Es 0.5% del precio de escritura.
- Inscripción de la vivienda en el Registro de la propiedad.
Fuente: www.rhinmobiliaria.com/Gastos%20de%20compra%20venta%20de%20un%20inmueble.htm
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